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Viernes, 30 de enero de 2015
Noticias generales

“La Ley de Mutuas” es realmente una modificación de la Ley General de la Seguridad Social”

Palma, 30 de enero de 2015

Modificación del régimen Jurídico de las Mutuas (Ley 35/2014)
El Il•lustre Col•legi de Graduats Socials de les Illes Balears estrenó su programa de actos y conferencias en 2015 con una charla sobre la modificación del texto refundido de la Ley de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas, Ley 35/2014, comúnmente denominada Ley de Mutuas. El director gerente de Mutua Balear, Wàlfrid Ivern, fue el ponente de una conferencia en la que se explicó de manera clara desde el inicio de la tramitación, los criterios en la elaboración de la norma, así como su formato y contenido y el análisis de los aspectos más destacados”. El presidente de los Graduados Sociales, José Javier Bonet, presentó este acto y agradeció la colaboración de Mutua Balear, y que haya accedido a explicarnos un tema interesante y de actualidad como es esta Ley. Una Ley que ha hecho que las uvas de este nuevo año hayan sido más agrias ya que con esta nueva norma se han visto reducidos los ingresos en nuestros despachos”, manifestó.

“La Ley 357-2014 es una modificación del texto refundido de la Seguridad Social, por la que se integra a las Mutuas en el Sector Público Estatal de carácter administrativo”. Desde el punto de vista de la Administración con esta Ley se alcanzan los objetivos marcados en su agenda programática de reformas y en la normativa de 2011 en relación a la modernización del Sistema de Seguridad Social”.

El ponente explicó los puntos más destacados de la norma con especial énfasis en el apartado Administración Concertada, aspecto que afecta a la labor de los Graduados Sociales. “El Reglamento de las Mutuas de Trabajo de 1995, señala que no se permiten las operaciones de lucro, a excepción de la utilización de servicios de terceros como complemento de su administración directa. La reforma mantiene la prohibición de operaciones de lucro y, esta es la gran novedad, elimina la excepción que se mantenía sobre la administración complementaria a la directa. Es decir, elimina la comisión que hasta ahora colaboradores y empresas podían facturar a las Mutuas”, resaltó Ivern.

Tras un análisis de los aspectos más destacados de la Ley, con especial referencia a los cambios en la gestión de Incapacidad Temporal por Contingencia Común y a la modificación del régimen del cese de actividad de los trabajadores autónomos, se dio paso a la participación de los presentes.
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